Da única el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
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»D.A. Única. Actualización.
Vigente
Atendiendo a la evolución de las necesidades del sistema productivo y a las posibles demandas sociales, en lo que respecta a las cualificaciones establecidas en el presente real decreto, se procederá a una actualización del contenido de los anexos cuando sea necesario, siendo en todo caso antes de transcurrido el plazo de cinco años desde su publicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 09-05-2011