D.A. Única. Referencias al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y al Instituto para la Reestructuración de la Minería de Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
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Vigente
Todas las referencias que en el Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, se realizasen al Ministerio de Industria, Energía y Turismo deberán entenderse hechas al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Las que se realizasen al Instituto para la Reestructuración de la Minería de Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras deberán entenderse hechas al Instituto para la Transición Justa, O.A.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. Única (se añade)) por Real Decreto 334/2023, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
(BOE de 04-05-2023) en vigor desde 05-05-2023 - Texto Original. Publicado el 06-08-2014 en vigor desde 05-05-2023