Da �nica TR de la Ley del Turismo

Da �nica TR. de la Ley del Turismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. Única. Referencias y concordancias.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Todas las referencias que se contengan en disposiciones legales y reglamentarias al texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2013, de 2 de abril, del Gobierno de Aragón, se entenderán hechas al texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón aprobado a través del presente Decreto Legislativo.

2. Si las referencias se expresaran con indicación de la numeración de un determinado artículo del texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2013, de 2 de abril, del Gobierno de Aragón, se entenderán sustituidas por la numeración que corresponda a dicho artículo en el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón aprobado a través del presente Decreto Legislativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2016 en vigor desde 04-08-2016