Da �nica Servicios sociales de Extremadura -Derogada-
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.
Vigente
La Junta de Extremadura elaborará cuatrienalmente en el marco de la planificación de los servicios sociales, un plan regional que marque los objetivos prioritarios que se pretenden conseguir y las etapas en las que se va a llevar a cabo por parte de las entidades regionales, provinciales, y locales, y de iniciativa social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-05-1987 en vigor desde 15-06-1987