Da �nica Modelos 216 y 296 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. Única. Información relativa a cuentas de no residentes.
Vigente
No obstante la excepción a la obligación de presentar la declaración anual, modelo 296, establecida en el artículo 8 de la presente Orden, el Banco de España o las entidades registradas a que se refiere la normativa de transacciones económicas con el exterior, vendrán obligadas a proporcionar a la Administración Tributaria la información relativa a cuentas de no residentes que se determine.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-11-2008 en vigor desde 18-11-2008