Da �nica Régimen Jurídico y Económico de los Puertos
Da �nica Régimen Jurídi...os Puertos

Da �nica Régimen Jurídico y Económico de los Puertos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 6ª. Aplicación del régimen de tasas por ocupación privativa y aprovechamiento especial.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Tras la entrada en vigor de la presente Ley, el régimen de tasas por ocupación privativa y aprovechamiento especial para la prestación de servicios públicos portuarios o el ejercicio de actividades comerciales o industriales en los puertos, establecido en los artículos 63 y 64, resultará de aplicación a todas las concesiones y autorizaciones en vigor en instalaciones portuarias de competencia de la Junta de Andalucía, cualquiera que fuera la fecha de otorgamiento de las mismas.

(Nota: Los importes de las tasas de ocupación privativa y de aprovechamiento especial derivados de la aplicación de la D.A. 6ª, permanecerán, como mínimo, hasta el ejercicio 2017 inclusive. No obstante se actualizarán conforme a lo previsto en el art. 50.1)

Modificaciones