Da �nica Intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la UE
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»D.A. UNICA. Condenas anteriores al 15 de agosto de 2010.
Vigente
En ningún caso serán tenidas en cuenta para la aplicación de la presente Ley las condenas dictadas por un Tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-11-2014 en vigor desde 03-12-2014