Da �nica desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
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»D.A. 1ª
Vigente
De acuerdo con lo establecido en el número 5 del artículo 2 del Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero, el Servicio de Vigilancia Aduanera podrá colaborar en misiones de investigación con los órganos de la Inspección de los Tributos y de Recaudación a petición de los mismos, de acuerdo con sus instrucciones, y cuando así lo determine el Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Modificaciones
- Artículo modificado por ORDEN EHA/3650/2007, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria.
(BOE de 15-12-2007) en vigor desde 01-01-2008