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»D.A. 9ª. Entidades colaboradoras en materia de adopción.
Vigente
La gestión directa en materia de adopción nacional e internacional que establece la presente Ley no obstará para la cooperación de las instituciones y entidades colaboradoras en los procedimientos de adopción, conforme a los criterios que establezca la legislación vigente en tal materia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2009 en vigor desde 11-07-2009