Da 9 Protección ambiental
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»D.A. 9ª. Habilitación profesional para la redacción de proyectos.
Vigente
Los estudios y proyectos técnicos que deban aportarse para la obtención, en su caso, de cualquiera de los instrumentos de intervención administrativa ambiental previstos en la presente ley, deberán ser realizados por personas que posean cualificación profesional y técnica suficiente de conformidad con lo dispuesto en las normas reguladoras de atribuciones profesionales para las diferentes titulaciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-04-2015 en vigor desde 29-06-2015