Da 9 Ordenacion del Transporte por Carretera
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»D.A. 9ª.- Régimen especial de la isla de La Graciosa.
Vigente
Reglamentariamente, se establecerá un régimen especial que regule el transporte por carretera en la isla de La Graciosa que responda a las singulares condiciones que concurren en esa isla. En particular, en cuanto al transporte de viajeros, se regulará el transporte en vehículos todo terreno de cinco a nueve plazas con un régimen distinto del taxi. En cuanto al transporte de mercancías, se establecerán requisitos objetivos y subjetivos de ejercicio de la actividad específicos para aquellos transportistas cuyos camiones sólo circulen y trabajen en la isla.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2007 en vigor desde 24-06-2007