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Da 8 Protección del derecho a la vivienda de personas en riesgo de exclusión residencial

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D.A. 8ª. Secciones territoriales de la Comisión en municipios de gran población

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1. En los municipios de gran población puede crearse una sección territorial de la Comisión de Vivienda y Asistencia para Situaciones de Emergencia Social, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6.3.

2. La sección territorial a la que se refiere el apartado 1 debe incluir tres representantes del ayuntamiento del municipio, nombrados por la alcaldía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2016 en vigor desde 30-12-2016