Da 8 Presupuestos 2020 Canarias

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D.A. 8ª. Ropa de trabajo.

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La asignación y reposición de vestuario y otras prendas de utilización obligatoria se realizará con sujeción a los criterios acordados por la Comisión Negociadora del III Convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, en las reuniones celebradas el 21 y el 23 de noviembre de 2011.

La contratación de dichas prendas estará centralizada en las secretarías generales técnicas u órganos de contratación asimilados, salvo en la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para el personal de los centros educativos, y en la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, para el personal de seguridad y emergencias.

El importe de la ropa de trabajo del personal destinado en centros educativos podrá destinarse a los centros para su reparto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020