Da 8 Presupuestos 2019 Galicia
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»D.A. 8ª. Prestaciones extraordinarias para personas beneficiarias de pensiones y subsidios no contributivos
Vigente
En el año 2019 las personas beneficiarias de pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva, de pensiones del Fondo de Asistencia Social y del subsidio de garantía de ingresos mínimos tendrán derecho a la percepción de una prestación única no superior a doscientos diez euros, en las condiciones que establezca el Consejo de la Xunta de Galicia a propuesta de la consejería con competencias en materia de bienestar social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019