Da 8 Presupuestos 2012 Extremadura

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D.A. 8ª. Modificación de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

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Se añade un segundo párrafo al apartado 1 del artículo 32 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, que queda redactado como sigue:

«A estos efectos, se considerarán siempre materialmente afectados a un servicio público o a una función pública, el dinero, los valores, los créditos y demás recursos financieros de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidos todos los saldos existentes en cualquier clase de cuentas abiertas en el Banco de España y en las entidades de crédito».