Da 8 Organización y funci...autonómico

Da 8 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

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DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Régimen de los consorcios no autonómicos.

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Aquellos consorcios en los que participe la Comunidad Autónoma que, conforme a lo dispuesto en la presente Ley, no tengan la consideración de autonómicos se regirán por su legislación específica, sin perjuicio de que, en el caso de que estén participados o sean financiados mayoritariamente por el sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia, su régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control sea el establecido por la legislación de régimen financiero y presupuestario de la Comunidad Autónoma de Galicia, respetando la regulación que resulte aplicable a las demás entidades que participen en el consorcio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011