Da 8 Ejercicio de competencias de la Administración en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Da 8 Ejercicio de competencias de la Administración en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»D.A. 8ª. Órganos competentes para la evaluación ambiental de los instrumentos de ordenación urbanística.
Vigente
En los procedimientos de evaluación ambiental de los instrumentos de ordenación urbanística, así como de sus innovaciones, cuando ésta proceda de acuerdo con la normativa ambiental, corresponderá la instrucción de la evaluación ambiental estratégica y la formulación de la declaración ambiental estratégica o del informe ambiental estratégico, según el caso, a las Delegaciones Territoriales con competencias en materia de medio ambiente.
Modificaciones
- Artículo modificado por Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
(BOJA de 16-02-2024) en vigor desde 17-02-2024