Da 7 Transporte, distribu...as natural

Da 7 Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural

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D.A. 7ª. Modificación del artículo 16.4 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía.

Vigente

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Se modifica el artículo 16.4 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía, quedando redactado del siguiente modo:

«La Comisión Nacional de Energía resolverá sobre los conflictos planteados en el plazo máximo de tres meses.

La Comisión Nacional de Energía comunicará las resoluciones que adopte en los conflictos a los que se refiere este artículo al Ministerio de Economía, así como a las Comunidades Autónomas que resulten afectadas por las mismas.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003