Da 7 TR. de la ley de proteccion de los animales
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»D.A. 7ª. Consejo Asesor sobre los Derechos de los Animales
Vigente
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley 22/2003, se debe crear el Consejo Asesor sobre los Derechos de los Animales, constituido por representantes de los sectores interesados y de las administraciones competentes, que deberá tener funciones de asesoramiento en materia de protección de los animales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2008 en vigor desde 18-04-2008