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D.A. 7ª.- Información geográfica y Sistema de Información Territorial de Canarias.

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Tiempo de lectura: 4 min

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1. El Sistema de Información Territorial de Canarias (Sitcan) es el sistema de información geográfico de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. El Sitcan es un instrumento técnico especializado de información, conocimiento, investigación, innovación y gestión del territorio, así como de los procesos y actividades que sobre él se realizan, con el fin de lograr una más eficiente toma de decisiones, públicas y privadas, en la protección, uso, ocupación o transformación del territorio, así como en el ejercicio de las políticas y potestades públicas inherentes a la planificación ambiental, territorial y urbanística.

3. En tanto que sistema, el Sitcan es un conjunto organizado e integrado por:

a) Datos geográficos, metadatos y servicios de información geográfica cuyo ámbito territorial sea la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Normas de producción, gestión y difusión de información; acuerdos sobre puesta en común, acceso y utilización de recursos; y los mecanismos, procesos y procedimientos de coordinación y seguimiento que se establezcan para el buen funcionamiento del sistema.

c) La infraestructura tecnológica (los medios tecnológicos) compuesta por sistemas informáticos (hardware y software), infraestructuras de comunicaciones, dispositivos de propósito específico y cualquier otro medio físico o lógico necesario para desarrollar las actividades propias del sistema.

d) Los órganos, organismos y entidades que integren el sistema, su organización, relaciones y funcionamiento.

e) Los usuarios de los diferentes servicios del mismo.

4. El Sitcan opera con el fin de alcanzar los siguientes objetivos:

a) Asegurar la disponibilidad pública de información geográfica y la actualización permanente de la información geográfica de referencia de Canarias.

b) Garantizar la homogeneidad, la integridad, la exactitud y la veracidad de la información producida o integrada por las entidades que forman para de él y que de manera simultánea pueden desarrollar actividades de naturaleza geográfica en Canarias, para asegurar así la coherencia, continuidad e interoperabilidad de la información geográfica sobre el territorio canario.

c) Optimizar la calidad de la producción y difusión de información geográfica y su utilidad como servicio para las administraciones, empresas y ciudadanos.

d) Favorecer la eficiencia en el gasto público destinado a la información geográfica y sistemas de información geográfica, con el fin de evitar la dispersión y duplicidad de los recursos públicos utilizados y promover la cooperación interinstitucional.

e) Fomentar y apoyar el conocimiento, desarrollo y cumplimiento de la normativa legal aplicable a la actividad de la información geográfica, y territorial, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

5. El Sitcan depende funcionalmente del departamento con competencias en materia de ordenación del territorio del Gobierno de Canarias.

6. Se declaran de interés público las actividades de producción, mantenimiento, gestión, difusión y reutilización de la información geográfica realizada en el marco del Sitcan, correspondiendo a las administraciones públicas canarias fomentar y financiar tales actividades y su difusión, bien por medios propios o bien a través de empresas públicas instrumentales especializadas en la materia.

7. En el marco del Sitcan se desarrollarán y/o consolidarán los siguientes instrumentos: el Plan Cartográfico de Canarias, la Cartografía Oficial de Canarias, el Registro Cartográfico de Canarias, la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias), el Nomenclátor Geográfico de Canarias y la Red Geodésica Activa de Canarias, bajo la tutela y supervisión del Consejo Cartográfico de Canarias.

8. El Gobierno de Canarias potenciará la utilización y el conocimiento de la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias (IDECanarias), a través de servicios estándares definidos y conforme a la normalización internacional ISO de la información geográfica digital y a las especificaciones de interoperabilidad de la información geográfica y territorial, dando cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2007/2/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo (Inspire), y en la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las Infraestructuras y Servicios de Información Geográficas en España, así como a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública.