Da 7 Sociedades cooperativas extremeñas
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D.A. 7ª. Incorporación de medios y procedimientos informáticos y telemáticos.

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La Junta de Extremadura deberá fomentar la incorporación de los medios y procedimientos informáticos y telemáticos al Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, adoptando las medidas necesarias para la integración de los avances tecnológicos en su gestión y en las relaciones con las sociedades cooperativas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-11-2018 en vigor desde 02-01-2019