D.A. 7.ª Punto de contacto para la Unidad de Mercado en la Comunidad Autónoma
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Vigente
El punto de contacto para la Unidad de Mercado en la Comunidad Autónoma será el centro directivo de la consejería con competencias en materia de economía y empresa que se determine en su decreto de estructura orgánica.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 7.ª (se añade)) por LEY 10/2023, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
(DOGA de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Texto Original. Publicado el 26-02-2021 en vigor desde 01-01-2024