Da 7 requisitos y procedi...n superior

Da 7 requisitos y procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior

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D.A. 7ª. Régimen jurídico y recursos.

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1. En todos aquellos aspectos no previstos en este real decreto se aplicará la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. Frente a las resoluciones de la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte recogidas en este real decreto, que ponen fin a la vía administrativa, cabrá interponer en el plazo de un mes desde su publicación recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien recurso contencioso-administrativo según lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa y por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que, en su caso, el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-11-2014 en vigor desde 22-11-2014