Da 7 Régimen Jurídico y E...os Puertos

Da 7 Régimen Jurídico y Económico de los Puertos

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D.A. 7ª. Especialidad del personal del organismo portuario autonómico.

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De acuerdo con la disposición adicional vigesimotercera del Real Decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, no será de aplicación al personal del organismo portuario autonómico lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 9 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Modificaciones