Da 7 Recuperación de la tierra agraria

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D.A. 7ª. Información al servicio provincial de montes

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La Agencia Gallega para el Desarrollo Rural solicitará informe al correspondiente servicio provincial en materia de montes en la tramitación de los instrumentos de recuperación de la tierra agraria desarrollados en esta ley. El citado informe se pronunciará, en su caso, sobre la existencia de afección con alguna de las superficies inscritas en el Sistema registral forestal de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-05-2021 en vigor desde 22-05-2021