D.A. 7ª. Incremento del complemento específico.
D.A. 7ª. Incremento del complemento específico.
1. Las cuantías del complemento específico de los Letrados de la Administración de Justicia a los que resulte de aplicación este real decreto se incrementarán en los siguientes importes respecto a las resultantes de la aplicación del segundo párrafo del artículo 28.tres.3.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023:
a) Secretarías de Gobierno, de Coordinación Provincial y direcciones de servicios comunes: 5.400 euros anuales.
b) Puestos en servicios comunes, o con funciones en estos: 5.280 euros anuales
c) Unidades procesales de apoyo directo y Letrados destinados en el Ministerio de Justicia: 5.160 euros anuales.
2. Este incremento tendrá carácter consolidable y no absorbible ni compensable por ningún otro concepto retributivo actual o que se pueda establecer en el futuro y se establece sin perjuicio de la subida que para cada ejercicio se determine en las correspondientes leyes de los presupuestos generales del Estado para los empleados públicos que, en todo caso, le serán de aplicación.
(NOTA: Ver régimen transitorio del incremento fijado en la D.T. Única del Real Decreto 774/2023, de 3 de octubre)
- Modificación realizada (D.A. 7ª (se añade)) por Real Decreto 774/2023, de 3 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, para dar cumplimiento al acuerdo entre la Administración del Estado y el comité de huelga de Letrados de la Administración de Justicia.
(BOE de 04-10-2023) en vigor desde 05-10-2023 - Texto Original. Publicado el 20-01-2010 en vigor desde 05-10-2023