Da 7 Protección y ordenación del litoral

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D.A. 7ª. Concesiones y otros instrumentos específicos de ordenación del espacio marítimo

Vigente

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1. Las autorizaciones, concesiones y demás instrumentos de ordenación del espacio marítimo regulados por la normativa en materia de pesca y acción marítimas se rigen por su normativa específica.

2. Los planes a que se refiere el título II de la presente ley se aplican sin perjuicio de los instrumentos de ordenación del espacio marítimo regulados por la normativa en materia de pesca y acción marítimas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2020 en vigor desde 03-09-2020