Da 7 Protección y ordenación del litoral
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»D.A. 7ª. Concesiones y otros instrumentos específicos de ordenación del espacio marítimo
Vigente
1. Las autorizaciones, concesiones y demás instrumentos de ordenación del espacio marítimo regulados por la normativa en materia de pesca y acción marítimas se rigen por su normativa específica.
2. Los planes a que se refiere el título II de la presente ley se aplican sin perjuicio de los instrumentos de ordenación del espacio marítimo regulados por la normativa en materia de pesca y acción marítimas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2020 en vigor desde 03-09-2020