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Da 7 Presupuestos Generales 2024 de Navarra

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D.A. 7ª. Competencias en las zonas regables de la 1.ª y la 2.ª fase del Canal de Navarra.

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Corresponde al Departamento de Cohesión Territorial la titularidad de las competencias que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 b) de la Ley Foral 12/2005, de 22 de noviembre, por la que se regula la construcción y explotación de las infraestructuras de interés general de la zona regable del Canal de Navarra, ostenta la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en los contratos de concesión de obras públicas para la construcción y explotación de las infraestructuras de interés general de la 1.ª fase de la Zona Regable del Canal de Navarra (incluida la ampliación), a excepción de las referidas a los procesos de concentración parcelaria y a las declaraciones de puesta en riego de cada sector o zona y sus modificaciones. La aprobación administrativa de los proyectos de obras del contrato concesional y las modificaciones de estos se realizarán por el Departamento de Cohesión Territorial.

Los cánones de los contratos de concesión serán abonados por el Departamento que corresponda de acuerdo con la consignación presupuestaria de los créditos.

Corresponde, así mismo, al Departamento de Cohesión Territorial la titularidad de las competencias de actuación que ostenta la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las zonas regables de la 2.ª fase del Canal de Navarra a excepción, igualmente, de las referidas a los procesos de concentración parcelaria y a las declaraciones de puesta en riego de cada sector o zona y sus modificaciones.

Una vez estén finalizadas todas las obras de construcción de las infraestructuras de interés general de la zona regable del Canal de Navarra, las competencias correspondientes a dicha infraestructura serán ejercidas por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.