Da 7 Presupuestos 2011 La Mancha
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»D.A. 7ª. Aportaciones a fundaciones o consorcios.
Vigente
1. Las aportaciones que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o sus organismos autónomos realicen a fundaciones o consorcios que no figuren como transferencias o como subvenciones nominativas en los correspondientes estados de gastos de estos presupuestos, deberán acordarse por el órgano competente para la aprobación del gasto, antes de la aprobación de sus presupuestos anuales por los órganos de gobierno de dichas entidades.
2. Los representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los órganos de gobierno de estas fundaciones o consorcios, no podrán dar su conformidad a la aprobación de los presupuestos anuales de estas entidades hasta tanto no se haya dictado el acuerdo a que hace referencia el apartado 1.