Da 7 Patrimonio Histórico de Andalucía
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»D.A. 7ª. Bienes de especial interés turístico.
Vigente
Las Consejerías competentes en materia de patrimonio histórico y de turismo fomentarán fórmulas de colaboración y de asistencia mutua para la difusión de determinados bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz y de su entorno de especial interés turístico, respetando las necesidades de conservación y protección establecidas en esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2007 en vigor desde 08-01-2008