Da 7 Nuevas medidas para reducir la temporalidad en el empleo público
D.A. 7ª. Baremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 4 de este decreto ley para plazas de personal laboral de cualquier administración de las Illes Balears
Los baremos de méritos que deben contener las convocatorias de los procesos previstos en el artículo 4 de este decreto ley, para plazas de personal laboral de cualquier administración de las Illes Balears, se ajustarán a los siguientes criterios:
Méritos profesionales (máximo 45 puntos)
Para la valoración de la experiencia previa, con el máximo de 45 puntos, se distinguirán:
Por cada mes trabajado en la misma administración en la misma categoría profesional a la cual se opta: 0,25 puntos por mes de servicios prestados.
Por cada mes trabajado en la misma administración, como personal funcionario, ejerciendo las mismas funciones de la categoría profesional a la cual se opta: 0,25 puntos por mes de servicios prestados.
Por cada mes trabajado en la misma administración en otra categoría profesional a la cual se opta: 0,1 puntos por mes de servicios prestados.
Por cada mes trabajado en otra administración en una categoría profesional equivalente o con análogas funciones a la cual se opta: 0,1 puntos por mes de servicios prestados.
Otros méritos (máximo 55 puntos)
Estos méritos serán comunes para todas las administraciones y para plazas de personal funcionario y personal laboral.
- Texto Original. Publicado el 16-06-2022 en vigor desde 16-06-2022