Da 7 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1998 de la Generalitat
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»D.A. 7ª.
Vigente
En los artículos y demás disposiciones de la Ley de la Generalidad Valenciana 1/1997, de 21 de febrero, de Régimen Sancionador en Materia de Vivienda, en que se menciona el concepto de «viviendas de protección oficial» deberá ser sustituido por el concepto de «viviendas de protección pública».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999