Da 7 Medidas fiscales y a...e Cataluña

Da 7 Medidas fiscales y administrativas 2002 de Cataluña

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D.A. 7ª. Marcas turísticas

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña, el departamento competente en materia de turismo debe articular las promociones de carácter zonal mediante el número de marcas turísticas que se defina por medio de una resolución del consejero o consejera del mismo departamento, previa consulta a los municipios que componen cada una de las marcas turísticas. En todo caso, a las ya existentes se incorporan las marcas Terres de l'Ebre y Vall d'Aran.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003