Da 7 Funcionamiento de servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áre...s e inclusión social
D.A. 7ª. Denominaciones.
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Vigente
Se podrá mantener la denominación de los Planes de Atención Individual Centrados en la Persona o utilizar la de planes personales de atención y apoyo o la de planes personales de atención y apoyos al proyecto de vida, rigiéndose cualquiera que sea su denominación por lo previsto en este decreto foral.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 7ª (se añade)) por DECRETO FORAL 38/2023, de 5 de abril, de modificación del Decreto Foral 92/2020, de 2 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de los servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áreas de mayores, discapacidad, enfermedad mental e inclusión social, del sistema de servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, y el régimen de autorizaciones, comunicaciones previas y homologaciones, y del Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General, y por el que se aprueban los servicios sociosanitarios para la atención integral social y sanitaria y la Cartera de servicios de políticas migratorias.
(BON de 05-05-2023) en vigor desde 06-05-2023 - Texto Original. Publicado el 17-12-2020 en vigor desde 06-05-2023