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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA.
Vigente
El departamento competente en materia de comercio tiene que impulsar y velar para que se lleven a cabo los proyectos necesarios para dotarse de las estructuras y medios electrónicos suficientes para la aplicación de los procedimientos previstos en este Decreto-ley, así como las fórmulas de interrelación y colaboración a través de estos medios con la administración local.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2009 en vigor desde 29-12-2009