Da 7 Cooperativas de Euskadi -Vigente-
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»D.A. 7ª.- Previsión social voluntaria.
Vigente
Las sociedades cooperativas podrán promover la adopción de acuerdos sobre previsión social voluntaria para las personas socias de las mismas en los términos previstos en la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 29-01-2020