Da 7 Asistencia jurídica
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»D.A. 7ª.- Previsiones específicas en supuestos de intervención profesional de procuradores de los tribunales.
Vigente
Los contratos de servicios comprendidos en la categoría 21 del anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y que tengan por objeto la prestación de servicios profesionales de procuradores al Presidente, al Consejo de Gobierno o a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 1 de esta ley, se regirán a efectos de contratación exclusivamente por lo dispuesto en dicho texto legal.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 7ª (se añade)) por Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional.
(BORM de 31-12-2012) en vigor desde 01-01-2013 - Texto Original. Publicado el 10-11-2004 en vigor desde 01-01-2013