Da 6 Suelo y Urbanismo
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Régimen de los núcleos rurales.
Vigente
Los núcleos rurales que hayan completado su desarrollo conforme a las previsiones de la Ley 5/1998 quedarán consolidados, quedando prohibido que se efectúen nuevos desarrollos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 20-09-2006