D.A. 6ª. Municipios que ya cuenten con ordenanza reguladora de las entidades privadas colaboradoras.
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Vigente
Aquellos municipios que a la entrada en vigor de la presente Ley ya cuenten con una ordenanza aprobada, que establezca y regule el régimen jurídico de las entidades privadas colaboradoras, podrán mantener íntegramente su régimen jurídico, sin necesidad de acogerse a la nueva regulación, salvo que voluntariamente quieran adaptarse.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 6ª (se añade)) por Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
(BOCM de 22-12-2022) en vigor desde 23-12-2022 - Texto Original. Publicado el 27-07-2001 en vigor desde 23-12-2022