Da 6 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
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»D.A. 6ª
Vigente
Para la fijación de las inversiones del Estado en Aragón en infraestructuras, se ponderarán, con carácter prioritario, la superficie del territorio, los costes diferenciales de construcción derivados de la orografía, así como su condición de comunidad fronteriza, y se incorporarán criterios de equilibrio territorial a favor de las zonas más despobladas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007