D.A. 6ª. Coordinación de actuaciones para la atención de las víctimas del terrorismo.
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Vigente
La Consejería competente en materia seguridad asumirá la coordinación de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley y, a estos efectos, impulsará el desarrollo de las que, previstas en su articulado, estén atribuidas a las administraciones locales de Cantabria y al resto de las Consejerías, debiendo éstas últimas comunicarle las actuaciones realizadas en su ejecución.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 6ª. (se añade)) por Ley de Cantabria 03/2023, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(BOC de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Texto Original. Publicado el 14-04-2023 en vigor desde 01-01-2024