Da 6 Protección contra la Contaminación Acústica
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»D.A. 6ª
Vigente
Los ayuntamientos de municipios de más de cinco mil habitantes deben aprobar las ordenanzas reguladoras de la contaminación por ruido y vibraciones de acuerdo con la presente Ley, en el plazo de tres años a contar de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, y dar traslado de las mismas al Departamento de Medio Ambiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-07-2002 en vigor desde 11-10-2002