Da 6 Presupuestos 2019 Madrid

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D.A. 6ª. Contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios

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1. Durante 2019, las distintas unidades de la Administración de la Comunidad de Madrid y sus organismos autónomos, así como las empresas públicas y resto de entes públicos, a excepción de la empresa pública Radio Televisión Madrid, S.A., deberán solicitar autorización previa de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno para la contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios en cualquier medio de difusión. Estas solicitudes deberán contener, en su caso, los correspondientes planes de medios. Asimismo, dichas unidades, organismos, empresas públicas y resto de entes públicos deberán remitir a la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno certificación de los abonos correspondientes a los servicios contratados y ejecutados.

2. Las empresas en cuyo capital social participe de forma significativa, directa o indirectamente, la Comunidad de Madrid deberán comunicar previamente la contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios.

3. No será de aplicación lo dispuesto en los apartados anteriores cuando se trate de anuncios o publicaciones en los diarios oficiales de cualquier Administración Pública.

4. Se autoriza a la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno para que dicte las disposiciones necesarias en desarrollo del procedimiento previsto en el presente artículo.

5. La Consejería remitirá trimestralmente a la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno un estado de ejecución de las partidas presupuestarias correspondiente a las acciones de publicidad, promoción, divulgación y anuncios que se desarrollen por la Administración de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos.