Da 6 Presupuestos 2012 Canarias

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D.A. 6ª.- Distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el importe del módulo económico por unidad escolar, fijado en la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias, se verá modificado en el concepto retributivo fijado en el anexo 2 de esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012