Da 6 Modificación de la Ley 6/2006, balear de caza y pesca fluvial
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»D.A. 6ª. Corrección de deficiencias en los expedientes de cotos
Vigente
En cuanto a la implantación de nuevas tecnologías basadas en sistemas de información geográfica, la administración competente en materia de caza procederá a la corrección de oficio, previa audiencia al titular del coto, de las deficiencias, inconsistencias y errores materiales en los límites y superficies que puedan existir en los expedientes de cotos. Las correcciones estarán vigentes a partir de la fecha de publicación de la cartografía digital oficial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-07-2013 en vigor desde 31-07-2013