Da 6 Metodología de cálcu... eléctrica

Da 6 Metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica

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D.A. 6ª. Intercambio de información entre los Operadores.

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1. El Operador del Sistema deberá comunicar al Operador del Mercado Ibérico - Polo Español la información necesaria para el cálculo unitario medio por unidad de energía del valor de cada concepto de los costes para el conjunto de consumidores en el agregado del sistema eléctrico.

2. Asimismo el Operador del Mercado Ibérico-Polo Español deberá comunicar al Operador del Sistema la información necesaria para el cálculo unitario medio por unidad de energía del valor de cada concepto de los costes para el conjunto de consumidores en el agregado del sistema eléctrico.

3. Tanto el Operador del Sistema como el Operador del Mercado Ibérico - Polo Español deberán publicar en sus respectivas páginas de internet los valores de estos costes en cada hora, indicando asimismo el coste final de la energía y los componentes del precio final en agregado y para cada tipo de consumidor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2014 en vigor desde 30-03-2014