Da 6 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público
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»D.A. 6ª. COMPOSICIÓN Y REPRESENTACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO DE ENTIDADES PÚBLICAS
Vigente
Se faculta al Gobierno para que pueda reducir por decreto el número de miembros de los distintos órganos colegiados de gobierno de las entidades públicas adscritas a la Administración de la Generalidad que tienen determinada su composición en una disposición con rango de ley y pueda modificar la correspondiente designación de miembros. En las modificaciones debe respetarse la representatividad que cada ley establece.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014