Da 6 Función Publica de Asturias -Derogada-
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»D.A. 6ª.
Vigente
Las vacantes de las plantillas de funcionarios traspasadas de la Administración del Estado y de las asumidas de la Diputación Provincial de Oviedo, así como las que quedan vacantes en las Escalas a extinguir que se formen por aplicación de lo previsto en la disposición adicional precedente, serán incorporadas por acuerdo del Consejo de Gobierno a las plantillas de los Cuerpos y Escalas creados o transformados en plazas de la plantilla de personal laboral. En los casos en que no se considere necesario su mantenimiento se acordará su amortización.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986