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»D.A. 6ª. Certificados de profesionalidad.
Vigente
Quienes estén en posesión de un Certificado de profesionalidad regulado al amparo de lo establecido en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, tendrán acreditados los estándares de competencia profesional del nuevo Catálogo Nacional de Estándares de Competencias profesionales declarados equivalentes a las unidades de competencia incluidas en dicho certificado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-04-2022 en vigor desde 21-04-2022