Da 6 Directrices de Ordenación Territorial y Medidas Tributarias
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»D.A. 6ª.
Vigente
El Gobierno de las Illes Balears aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo del sistema de información territorial previsto en el artículo 80.2 de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-1999 en vigor desde 18-04-1999